BOPMA Boletín Oficial de la Provincia de Málaga

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Cómo anunciarse en el BOPMA

NOTA: Estas instrucciones contemplan sólo la remisión de anuncios sin el uso de Certificado Digital. El acceso con Certificado de la FNMT será activado en breve.

La inserción de anuncios en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga se hace mediante el formulario web dispuesto para este fin. Los edictos que se reciban por este medio tendrán las reducciones sobre la tarifa que figuran en la ordenanza fiscal reguladora de la exacción de tasas por la prestación del servicio del BOP.

El formulario está conformado por los siguientes grupos de campos:

  • Persona de contacto - datos de la persona física que efectúa la inserción del anuncio, con nombre completo, correo electrónico y teléfono de contacto. No puede quedar ningún campo sin rellenar. NOTA: recientemente hemos suprimido el NIF como dato de la persona de contacto.
  • Datos del organismo anunciante - debe incluir la razón social, domicilio, procedencia (ayuntamiento, juzgado...), provincia, municipio y código postal. No puede quedar ningún campo sin rellenar.
  • Características del anuncio - desplegable con las opciones "ordinario" o "urgente". La opción seleccionada afectará al coste final del anuncio y a su fecha de publicación.
  • Observaciones - área de texto para cualquier comentario u observación que se quiere hacer llegar a la Administración del BOPMA acerca del anuncio. Pulse la flecha para acceder al campo. Opcional.
  • Datos para anuncios provenientes de organismos con sede electrónica - datos de verificación de documentos que permiten realizar el envío de anuncios al BOPMA sin necesidad de aportarlos posteriormente en papel. Consta de tres campos: la url de acceso a la Sede Electrónica, el Código Seguro de Verificación (CSV) del oficio de remisión y el CSV del edicto. Observen que la firma digital de los documentos debe haber sido efectuada por un funcionario autorizado previamente como representante del organismo anunciante. La aplicación de los Códigos Seguros de Verificación no elude la inserción del anuncio en el campo de texto del formulario o como documento adjunto. Opcional.
  • Texto del anuncio - permite dos opciones no compaginables: escribir el texto del anuncio directamente en el área de texto (o copiar y pegar), o adjuntar un archivo de texto (máximo 2MB) en formato Word (.doc) o RTF (.rtf). En ambos casos se calculará el número de palabras de forma automática. Conviene suprimir -por cuestión de tamaño- los gráficos superfluos de los archivos de texto (logotipos, escudos...) antes de anexarlos al formulario. El "Texto del anuncio" puede quedar vacío sólo si existe un gráfico adjunto.
  • Gráfico del anuncio - permite anexar un archivo de gráfico en formato TIFF (.tif), JPEG (.jpg) o BMP (.bmp), con un tamaño máximo de 2MB. Obliga a indicar el tamaño de impresión en milímetros, tras lo cual calcula automaticamente las unidades A6. Tenga en cuenta que la resolución mínima permitida del archivo es de 120ppp (puntos por pulgada) y que su relación anchura x altura debe coincidir con el tamaño marcado en milímetros. El gráfico es opcional, siempre y cuando haya un "Texto del anuncio". En caso contrario es obligatorio.
  • Tarifas y reducciones - campos no editables que calculan la tarifa base, el descuento por soporte (entrega web, en este caso), el descuento en función de la combinación procedencia-municipio en los "Datos del organismo anunciante" y la cuota estimada a pagar. Este último dato es sólo a título orientativo y queda sujeto a las comprobaciones posteriores, por parte de la Administración del BOPMA, de los factores que intervienen en su determinación.

Una vez completado el formulario se pulsará el botón "Continuar". Si en este momento faltara algún dato o que este no estuviera correctamente escrito, saltaría un mensaje indicando los puntos a corregir. Si no es así, se dará paso a una página de revisión de los contenidos del anuncio donde el usuario tendrá una última oportunidad de comprobación y, en caso de necesidad, volver al formulario anterior con la ayuda del botón "Corregir". Si, por el contrario, todo está en orden, se pulsará el botón "Finalizar" para así dar entrega final del anuncio. Observe que, en el caso de haber adjuntado un archivo .doc o .rtf, el texto del anuncio que figura en esta página es sólo una referencia y que el edicto a publicar será basado en el archivo adjunto.

Con este proceso se generará un número de referencia del anuncio que será indicado en una página de despedida. Esta referencia será también enviada por correo electrónico a la dirección de la persona de contacto.

En todo caso es obligatorio satisfacer el pago de la liquidación correspondiente de forma previa a la publicación.

Más información sobre la normativa reguladora del BOPMA en el "Reglamento de Gestión de 2006", que se encuentra en la página "La legislación del BOP".